2023 - Todos los derechos reservados
CAPÍTULO I. DE LA NATURALEZA Y OBJETIVOS DE LA SOCIEDAD.
Artículo 1. Origen y fundamentos de la Sociedad Latinoamericana de Farmacogenómica.
La Sociedad Latinoamericana de Farmacogenómica y Medicina Personalizada /en adelante "la Sociedad" o también SOLFAGEM/ es una organización científica sin fines de lucro, conformada por personas dedicadas o vinculadas a la investigación y 1a medicina en el campo de la farmacogenómica, disciplina que conoce de la relación de influencia entre los productos químicos farmacéuticos y la estructura y funcionalidad genética. Se constituye por mandato del Primer Congreso Latinoamericano de Farmacogenómica y Medicina Personalizada, celebrada en la ciudad de Viña del Mar, Quinta Región, República de Chile entre los días veintiuno a veintitrés de mayo de dos mil quince. La Sociedad se constituye como una persona jurídica autónoma de derecho privado sujeta al orden jurídico chileno, sin relación de dependencia con ningún órgano del Estado de Chile, aun cuando pudiere celebrar convenios con el mismo u otras personas jurídicas de derecho público. La Sociedad Latinoamericana de Farmacogenómica y Medicina Personalizada es ajena a toda oríentación política o religiosa y rechaza toda forma de discriminación, ya sea por raza, nacionalidad, credo religioso, sexo, orientación sexual, enfermedad minusvalidante u otra.
Artículo 2. Objetivos y actividades.
El propósito central de la Sociedad es el fortalecer el desarrollo de la investigación científica farmacogenómica, tanto de carácter teórico como experimental, con el objeto de conducir al progreso y divulgación de la disciplina, buscar herramientas clínicas y descubrir productos o biomarcadores que puedan mejorar los tratamientos actuales de patologías que aquejan a los seres humanos, así como cualesquiera otra iniciativa tendiente al máximo aprovechamiento de esta disciplina científica en beneficio de la salud pública Latinoamericana y Mundial. Para dichos efectos la SOLFAGEM podrá:
a) Realizar sesiones científicas en las que se comuniquen, comenten discutan los trabajos de investigación farmacológica efectuados en Instituciones nacionales o extranjeras.
b) Mantener relaciones y cooperar con entidades semejantes de todo Latinoamérica.
c) Gestionar ante reglamentos y decretos que favorezcan el desarrollo de la enseñanza e investigación de la farmacogenómica y la medicina personalizada.
d) Divulgar, por todos los medios adecuados, las investigaciones que se realicen en Latinoamérica y en especial la desarrollada por sus socios activos.
e) Coleccionar los trabajos que se efectúen, crear una Biblioteca especializada, crear y mantener una Revista Científica, una página web, una página de Facebook y cualquier otro tipo de herramienta comunicacional y, en general, llevar a cabo cualquier medida que propenda al progreso y difusión de las ideas y orientaciones de la SOLFAGEM. Por tanto, en términos generales, la Sociedad buscará difundir entre la comunidad científica y la población en general los resultados productos de su quehacer, intercambiando información, organizando eventos, participando en las ponencias, seminarios, conferencias, entrevistas, jornadas o congresos que se organizaren sobre el tema. Asimismo, buscará sistematizar y publicar los logros de su gestión en los medios especializados que se relacionan con la farmacogenómica.
CAPÍTULO II. DE LA ESTRUCTURA ORGANICA.
Artículo 3. Autoridad, presidencia, directorio, domicilio y administración.
Para el adecuado funcionamiento de la Sociedad existirá un Directorio de SOLFAGEM compuesto por los siguientes miembros: 1) Presidente/a, 2) Vicepresidente/a, 3) Secretario/a, 4) Tesorero/a, 5) Director/a por Sudamérica, 6) Director/a por Centroamérica, 7) Un Director/a por El Caribe y 8) Director/a por Norteamérica. SOLFAGEM estará dirigida por un Presidente electo con la mayoría de los votos, entre las distintas opciones que postularen al cargo, cada cuatro años. En caso de empate, existirá una segunda votación entre las dos opciones más votadas. De persistir empate dirimirá el Presidente en ejercicio. El presidente dirigirá la sociedad, conforme a las políticas y decisiones consensuadas en los congresos o reuniones ordinarias y extraordinarias del Directorio, dentro de la esfera de sus facultades. Tendrá, además, las siguientes atribuciones: Podrá asignar tareas específicas a cualquier miembro y representará a la Sociedad ante cualquier otra entidad del ámbito científico o académico y será la voz autorizada para comunicar al público u otras entidades científicas, acerca de cualquier descubrimiento relevante que haya originado en una investigación dispuesta por los acuerdos u orientaciones de esta entidad. Para ser elegido presidente, es requisito haberse mantenido activo por lo menos los dos últimos años anteriores a la elección y no tener impedimentos de carácter judicial, esto es arraigo, prisión preventiva, reclusión domiciliaria o pena privativa de libertad, aun cuando esta última se esté cumpliendo en forma alternativa, salvo que tales medidas se hubieren decretado con ocasión de un cuasidelito. No se admitirá reelección consecutiva en el cargo y sólo se permitirá ello, luego de pasados tres períodos desde su mandato. Luego de la salida del presidente éste quedará incluido en el directorio como un noveno miembro, en calidad de "past president". El vicepresidente tendrá la misión de apoyar las labores del presidente y de subrogarlo en caso de ausencia de aquel. Y una de sus labores específicas será visar semestralmente que las tareas administrativas de la sociedad estén cumplidas a cabalidad. El vicepresidente podrá solicitar a los miembros, de manera formal, la remoción del presidente de la Sociedad en caso de incumplimiento o notable abandono de sus deberes. En cuyo caso, ello deberá ser sometido a votación. El vicepresidente será elegido, por la mayoría de los votos presentes, en el Congreso ordinario y durará el tiempo que transcurra hasta el siguiente periodo. Para ser elegido vicepresidente se requie haberse mantenido como miembro activo durante un año anterior al evento de su elección y no tener impedimentos de carácter judicial, esto es a raigo, prisión preventiva, reclusión domiciliaria o pena privativa de libertad, aún cuando esta última se esté cumpliendo en forma alternativa. Al igual que el presidente, no se admitirá reelección consecutiva en el cargo y sólo se permitirá ello, luego de pasados dos períodos desde su mandato. El Secretario/a y el Tesorero/a serán elegidos mediante votación directa o electrónica a propuesta del Presidente o Vicepresidente o de cualquier asociado que postule o sea postulado por uno o varios asociados. Estos cargos tendrán la misma duración que el Directorio y se renovarán del mismo modo señalado a inicitiva del Directorio nuevo o renovado. El Secretario/a se hará cargo de la gestión operacional y administrativa de la Sociedad y mantendrá la correspondencia al día y ordenada. De igual manera estará a cargo de la implementación y actualización de un archivo con los datos fundamentales de aquellos socios activos que formen parte de la sociedad. Además, tendrá la tarea de notificar a los miembros, las reuniones, eventos, publicaciones y otros asuntos relacionados con SOLFAGEM. Este cargo requiere haberse mantenido como socio activo a lo menos seis meses contados desde la incorporación y no tener los impedimentos judiciales ya referidos para los anteriores cargos. El Tesorero/a tendrá como misión específica la apertura de una cuenta corriente bancaria bipersonal a nombre de la Sociedad, debiendo firmarse los cheques de egresos por él mismo y/o por el Sr/a. Presidente/a en ejercicio de SOLFAGEM. Deberá mantener en orden el movimiento de dicha cuenta y tendrá la misión de recaudar los ingresos ya sean de cuotas o de otra naturaleza. Durará en su cargo por el mismo lapso que el Presidente/a y se renovará por los mismos períodos que lo haga el Directorio. Como labor fundamental, el Tesorero/a deberá mantener en orden los documentos relativos a la cuenta corriente y la contabilidad que registrare la entidad de aquellos valores provenientes de cuotas, aportes voluntarios, financiamiento de proyectos por patrocinadores o entidades estatales de los diversos países participantes a través de sus socios, asignaciones hereditarias o donaciones de terceros y de los demás bienes que integran su patrimonio. Además, deberá informar de los haberes y deberes en cada reunión ordinaria o extraordinaria, o cuando el directorio lo solicite. Si algún miembro del Directorio falleciera o se imposibilitare para el ejercicio de su cargo, el Directorio le nombrará reemplazante interino, con las siguientes excepciones: El presidente será reemplazado por el Vicepresidente. En caso de vacancia de la Vicepresidencia, se proveerá el cargo transitoriamente por el Directorio hasta que se haga la elección correspondiente por un Congreso Ordinario o Extraordinario. Los Directores de agrupaciones regionales Sudámerica, Centroamérica, El Caribe y Norteamérica, serán reemplazados por la respectiva agrupación. Si la imposibilidad para el desempeño del cargo fuera transitoria y no excediera de seis meses, como enfermedad o ausencia del país, por ejemplo, el miembro imposibilitado del Directorio será subrogado por la persona que se designe. Cesará en su cargo el miembro del Directorio que estuviere imposibilitado por más de seis meses para desempeñar sus funciones o faltare a tres sesiones ordinarias consecutivas sin debida justificación, procediéndose en ese evento en la forma determinada para su reemplazo. El Directorio tendrá reunión ordinaria en forma anual, y se reunirá en forma extraordinaria cuando el Presidente lo estime necesario, y convoque en cualquier época.
Artículo 4. Domicilio.
El domicilio de la Sociedad Latinoamericana de Farmacogenómica y Medicina Personalizada (SOLFAGEM) será en la ciudad de Santiago de Chile. No obstante, podrán existir sedes locales en otros países. Cada cuatro años, en sesiones ordinarias de Congresos Organizados por la Sociedad se requerirá la realización de las siguientes actividades:
1) Mantener o renovar la Junta Directiva.
2) Recibir una memoria de la Junta Directiva, la que incluirá un anexo sobre la gestión de finanzas de la entidad.
3) Aprobar las políticas o propuestas de gestión que le presentare el Presidente, ya sea en forma individual o a nombre del Directorio, o cualquier grupo de miembros o alguno en particular.
4) Conocer, para adoptar o no como camino de acción, distintas ponencias o temáticas que expongan los socios o investigadores especialmente invitados.
Se reserva a un Congreso Extraordinario las siguientes facultades:
1) La transformación, fusión o división de la Sociedad.
2) La modificación de sus estatutos.
3) La disolución de la Sociedad
4) El acuerdo sobre alguna cuota u aporte extraordinario.
5) Resolver sobre enajenación de algún elemento patrimonial de la sociedad. Como también sobr la constitución de otros derechos sobre bienes que integren el patrimonio social.
6) Designar a la comisión liquidadora de los bienes sociales en el caso disolución. El producto de la liquidación de los bienes sociales se destinará al pago de obligaciones que pudieren existir y el remanente será donado a alguna entidad de carácter científico, que incluye los laboratorios de los socios fundadores.
Artículo 5. Duración y disolución.
La Sociedad tendrá una duración indefinida a partir de la fecha de su constitución, esto es la fecha de extensión de la presente escritura. El plazo podrá ser delimitado o la sociedad podrá ser disuelta, con un quórum no inferior a los tres cuartos de los miembros asociados.
CAPÍTULO III. DE LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.
Artículo 6. Membresía.
En la presente Sociedad se admitirán tres clases de miembros: a) Miembros Fundadores, b) Miembros Titulares, y c) Miembros Honorarios. Dichos miembros (socios) corresponden exclusivamente a profesionales biomédicos de origen latinoamericano o nacionalizados en algún país de Latinoamérica. El carácter de miembro es personalísimo y por tanto intransferible por acto entre vivos e intransmisible a la sucesión de un miembro fallecido. Se consideran miembros fundadores aquellos que participaron en el Primer Congreso Latinoamericano de Farmacogenómica y Medicina Personalizada. Y se consideran como miembros fundadores destacados aquellos que constituyen y actualmente organizan, estructuran, se integran y dan vida jurídica a la Sociedad SOLFAGEM. Por motivos de honor se les mencionará en los parágrafos finales. Será considerado miembro honorario aquel científico investigador en el campo de la farmacogenómica o de la medicina personalizada que haya efectuado una contribución significativa y trascendente en el ámbito objeto de la Sociedad, ya sea que pertenezca como miembro de ella o no. La propuesta para que algún investigador sea considerado miembro honorario deberá contar con el patrocinio de a lo menos tres miembros activos en los dos últimos años y será evaluado por el directorio de la Sociedad para dicho efecto. Sin perjuicio de lo anterior, para refrendar la calidad de socio honorario éste deberá exponer su trabajo en alguna de las reuniones ordinarias o extraordinarias de la SOLFAGEM. También podrá ser considerad miembro honorario cualquier benefactor de la Sociedad cuyo aporte signifique un claro beneficio al desarrollo de la disciplina a través de SOLFAGEM. Posterior a cada reunión ordinaria se actualizará el listado de miembros de la SOLFAGEM, para lo cual se adjuntará a los estatutos un listado de los miembros que hayan ingresado, a partir del primer listado que se encuentra adjunto a este documento como anexo "registro de miembros", en donde se establecerá la calidad de socio y deberá encontrarse suscrito por el presidente, el vicepresidente y el secretario de la sociedad.
Artículo 7. Obligaciones y derechos de los miembros.
Las obligaciones de los miembros de la Sociedad serán las siguientes:
a} En sus actuaciones para con la Sociedad, someterse a la reglamentación que contengan los presentes estatutos o los especiales que se derivaren del presente cuerpo normativo.
b) Cultivar la disposición societaria, el fortalecimiento de la agrupación, el desarrollo desinteresado de la farmacogenómica y la honestidad intelectual.
c) Mantener un comportamiento ético y moral acorde a un profesional biomédico. Cualquier transgresión de estos aspectos será causal de eliminación de la sociedad.
d) Cancelar una cuota anual de sustentación. Los valores y cambios en el monto de las cuotas serán acordados en las respectivas reuniones ordinarias o extraordinarias de la entidad. El no pago de la cuota anual por hasta dos años, originará una causal de cese de la calidad de miembro de la Sociedad. Podrá también acordarse, mediante comunicaciones escritas, tradicionales o electrónicas, una o más cuotas extraordinarias, para algún proyecto específico de la sociedad que aparezca como necesario para el buen funcionamiento de SOLFAGEM o la cobertura de algún evento o necesidad social. Los derechos de los miembros de la sociedad serán los siguientes:
a) Presentar propuestas, solicitudes o escritos al Directorio.
b) Organizar actividades dentro de los eventos/congresos de la Sociedad.
c) Participar con voz y voto en los congresos ordinarios o extraordinarios.
d) Elegir y ser elegido para cualquiera de los cargos de la Sociedad.
Artículo 8. Pérdida de la calidad de miembro.
La calidad de miembro de la Sociedad Latinoamericana de Farmacogenómica y Medicina Personalizada se pierde por las siguientes causales:
a) Por renuncia escrita.
b) Por deceso del miembro.
c) Por inactividad del miembro durante un lapso de cinco años, entendiéndose por tal el hecho de no cumplir con los deberes de socio y no participar de manera alguna en el curso social.
d) Por inhabilidad sobreviniente.
e) Por decisión del Comité de Ética de la Sociedad.
CAPÍTULO IV. PATRIMONIO.
Artículo 9. Bienes que lo constituyen.
1) La cuota anual de sostenimiento de la Sociedad.
2) Aportes extraordinarios que efectuare cualquier miembro.
3) Donaciones, legados y herencias que pudiere recibir.
4) Rendimientos civiles y financieros que pudiere obtener de alguno de sus bienes.
5) Bienes muebles e inmuebles que a cualquier título adquiera la Sociedad y,
6) Ingresos que resulten de actividades de carácter académico, cultural o social que desarrolle la Sociedad.
Artículo 10. Inventario.
El Vicepresidente procederá a elabora un inventario de todos los bienes patrimoniales y lo mantendrá actualizado. En dicho instrumento registrará también los bienes incorporales de que la Sociedad pudiere gozar.
Artículo 11. Comité de Ética.
Existirá un Comité de Ética de la Sociedad, el que estará integrado por cinco miembros, uno de los cuales será el presidente de la SOLFAGEM, lo presidirá otro miembro diferente del Presidente de la Sociedad, quien podrá asignar funciones a los otros miembros. Dicho organismo será definido en una reunión de Directorio ordinaria y durará hasta el término de dicho Directorio. Su misión será investigar los hechos que a juicio del Director constituyan faltas a la ética por parte de alguno de los integrantes de la sociedad. De similar manera conocerá de los conflictos entre dos o más socios entre sí o con la Sociedad. El Comité de Ética estará facultado para sancionar una conducta transgresora con las siguientes medidas:
a) Amonestación oral privada que efectuará el Presidente del Comité.
b) Censura por escrito que llevará la firma del Presidente y el Secretario.
c) Suspensión de su calidad de miembro de la sociedad hasta por un lapso no superior a cuatro meses.
d) Pérdida de la calidad de miembro de la Sociedad.
Existirá un Reglamento relativo al modo de sustanciarse el conocimiento de los asuntos sometidos al Comité de Ética. El Comité de Ética funcionará a requerimiento del Directorio. La decisión de requerir su intervención será adoptada por simple mayoría de los asistentes a la sesión de Directorio. En caso de empate dirimirá el voto del Presidente. En contra de las decisiones del Comité procederá a solicitud de reposición que deberá interponerse ante el mismo organismo en un plazo de veinte días hábiles /lunes a sábado no festivo/ si el afectado residiere en el país donde se reuniere el Comité de Ética. Dicho plazo se duplicará para el caso que el sancionado resida en un país diferente de aquel en que se constituyere el Comité. Se admitirá reelección consecutiva, parcial o total del Comité hasta por tres períodos. Pero si el sesenta por ciento de los socios lo solicita, este límite podrá rebasarse hasta por tres períodos más.
Artículo 12. Notificaciones.
Las notificaciones relativas al funcionamiento o novedades de la sociedad, serán siempre notificadas por correo electrónico. Pero las relativas a citaciones para reuniones o congreso y las que derivaren de las actuaciones de la Comisión de Ética o todas aquellas cuestiones que afectaren los derechos u obligaciones de los miembros de SOLFAGEM, para su validez, deberán notificarse por carta certificada de correo ordinario público o privado.
CAPÍTULO V: DISOLUCION Y LIQUIDACION.
Artículo 13. SOLFAGEM se disolverá por las siguientes causales:
a) Por el vencimiento del plazo de duración sin que los socios acuerden su renovación.
b) Por haber disminuido los miembros activos a menos del veinticinco por ciento de los que la constituyeron.
c) Por acuerdo celebrado en un Congreso Extraordinario con los votos de a lo menos tres cuartos de los socios que asistieren al evento. Dicho Congreso será citado con a lo menos cuatro meses de anticipación y la citación será explícita en cuanto al motivo de la reunión.
d) Por sentencia judicial ejecutoriada en caso de: 1) Estar prohibida por la Constitución o la ley o infringir gravemente sus estatutos, o 2) Haberse realizado íntegramente su fin o hacerse imposible su realización. La sentencia a que se refiere la letra c) precedente sólo podrá dictarse en juicio incoado a requerimiento del Consejo de Defensa del estado en procedimiento breve y sumario, el que ejercerá la acción previa petición fundada del Ministerio del Interior. Una vez disuelta la Sociedad subsistirá como persona jurídica para el sólo efecto de su liquidación, quedando vigente sus estatutos en lo que fuere pertinente y agregando a la razón social las palabras "en liquidación". En la misma asamblea indicada en la letra c) se procederá a designar una Comisión Liquidadora de tres personas, una de las cuales ejercerá como Presidente de la Comisión que representará a la Sociedad en Liquidación. Las atribuciones de la Comisión Liquidadora serán las siguientes:
a) Citar a las sesiones ordinarias del Directorio que continuará funcionando hasta el fin del procedimiento liquidador.
b) Reducir a dinero efectivo chileno los bienes muebles o inmuebles.
c) Solucionar las obligaciones sociales que pudieren subsistir respecto de proveedores de servicio u otras obligaciones.
d) Entregar el saldo remanente a una institución benéfica o de carácter científico según lo decidiere el Directorio.
e) Efectuar una publicación en medios electrónicos y de prensa acerca de la disolución y liquidación de la Sociedad. El Presidente de la Comisión velará por reservar los fondos necesarios al efecto.
f) Emitir un informe final que se comunicará a quienes formaron parte de la Sociedad.
Si entre los bienes que existieren en el Inventario se encontrare la propiedad de una o varias patentes sobre compuestos o fármacos generados por la actividad de SOLFAGEM, ellas serán traspasadas, en forma preferente, al o a los laboratorios que hubieren patrocinado la actividad de la Sociedad.
CAPÍTULO VI: DISPOSICIONES TRANSITORIAS.
Artículo 1. Por razones de registro histórico, se deja constancia que los miembros fundadores de SOLFAGEM son los siguientes: Cristián Acevedo (Chile, Médico Cirujano); Angel Alvarado (Perú, Químico Farmacéutico); Heydy Bravo (Bolivia, Médico Cirujano); Dante Cáceres (Chile, Médico Veterinario); Gilberto Castañeda (México, Quimico Farmacéutico); Elida Castillo (Nicaragua, Médico Cirujano); Dinorah Castro (Venezuela, Antropóloga); Berta Cerda (Chile, Médico Cirujano); José Manuel Delgado (Chile, Químico-Farmacéutico); Mauricio Farfán (Chile, Bioquímico/Químico-Farmacéutico); Aríela Fundia (Argentina, Bióloga); Carlos lsaza (Colombia, Médico Cirujano); Ismael Lares-Asseff (México, Médico Cirujano); Laura Larovere (Argentina, Bióloga); Kuen Lee (Chile, Médico Cirujano); Verónica Loera (México, Médico Cirujano); Andrés López-Cortés (Ecuador, Químico-Farmacéutico); Alexandre Mango (Brasil, Biomédico); Rosemarie Mellado (Chile, Químico Famacéutico); Jorge Morales (Chile, Químico Farmacéutico); Lina Ortiz (Chile, Médico Cirujano) Luis Quiñoñes (Chile, Bioquímico); María Ana Redal (Argentina, Bióloga); Díadelis Remirez (Cuba, Química Farmacéutica); Fabricio Rlos-Santos (Brasil, Químico-Farmacéutico); Angela Roco (Chile, Bioquímica); ldania Rodeiro (Cuba, Bioquímica); Andrés Rodríguez (Chile, Químico-Farmacéutico); Luis Salazar (Chile, Tecnólogo Médico); Alberto Salazar (Perú, Médico Cirujano); Enrique Sánchez (Nicaragua, Médico Cirujano); Javier Slava Schmalbach (Colombia, Médico Cirujano); Nestor Soria (Argentina, Bioquímico); Enrique Terán (Ecuador, Médico Cirujano) y Nelson Varela (Chile, Tecnólogo Médico). Del listado anterior, por razones de honor, se mencionan como miembros fundadores destacados a los siguientes integrantes: 1) Dr. Luis Abel Quiñones Sepúlveda (Chile), 2) Dra María Ana Redal (Argentina), 3) Dante Cáceres (Chile), 4) Nelson Varela (Chile) y 5) Luis Antonio Salazar Navarrete (Chile).
Artículo 2. Por idéntico motivo de honor se registra el primer Directorio, compuesto por: Presidente: Dr. Luis Abel Quiñones Sepúlveda (Chile), Vicepresidenta: Dra. María Ana Redal (Argentina); Secretario: Dr. Luis Salazar (Chile), Tesorero: Dr. Ismael Lares-Asseff (México); Director por Sudamérica: Dr. Enrique Terán (Ecuador); Director por Centroamérica: Dr Enrique Sánchez (Nicaragua); Directora por el Caribe: Dra. ldania Rodeiro (Cuba) y Directora por Norteamérica: Dra. Verónica Loera (México).
Artículo 3. Se acordó en el Primer Congreso Latinoamericano de Farmacogenómica y Medicina Personalizada (Viña del Mar, Chile) que el Segundo Congreso tenga lugar el año dos mil diecisiete en México, en la ciudad de Durango, y sea coordinado por el Dr. Ismael Lares-Asseff.
Artículo 4. Se acuerda en el directorio, que por esta única vez, la presidencia de la sociedad será renovada en el Segundo Congreso de la Sociedad el año dos mil diecisiete en México, por lo que tendrá una duración menor a los cuatro años establecidos en estos estatutos.
Artículo 5. Se acuerda en el directorio que las cuotas anuales para pertenecer a la sociedad serán de doscientos dólares para investigadores senior y de cien dólares para estudiantes de pre o postgrado (certificados). Al menos un cincuenta por ciento de dicho monto será requerido al momento de inscribirse como socio. Se podrá eximir del pago de este monto a personas que manifiesten imposibilidad de pago, ya sea por motivos personales o situaciones político-económicas del país de origen, situación que será evaluada por el directorio y refrendada en actas de SOLFAGEM.
Artículo 6. Se confiere poder al señor abogado, don Luis Núñez Martínez, la autoridad para realiza gestiones para obtener la Personalidad Jurídica ante las instancias legales q se requieran. Así mismo, al Señor Abogado se le entregará documentos de poder legalizados para suscribir la constitución de la SOLFAGEM a nombre de todos aquellos miembros del directorio que se encuentren fuera de Santiago de Chile.
Director por Sudamérica: Dr. Enrique Terán (Ecuador)
Director por Centroamérica: Dr Enrique Sánchez (Nicaragua)
Directora por el Caribe: Dra. ldania Rodeiro (Cuba)
Directora por Norteamérica: Dra. Verónica Loera (México).
PRIMER DIRECTORIO
Presidente: Dr. Luis Abel Quiñones Sepúlveda (Chile)
Vicepresidenta: Dra. María Ana Redal (Argentina)
Secretario: Dr. Luis Salazar (Chile)
Tesorero: Dr. Ismael Lares-Asseff (México)
Director por Sudamérica: Dr. Enrique Terán (Ecuador)
Director por Centroamérica: Dr Enrique Sánchez (Nicaragua)
Directora por el Caribe: Dra. ldania Rodeiro (Cuba)
Directora por Norteamérica: Dra. Verónica Loera (México).
ARGENTINA
Dra María Ana Redal:
BRASIL
Dr Fabricio Ríos-Santos: fabriciorios@yahoo.com / fabriciorios.juris@gmail.com
CHILE
Dr. Luis Quiñones Sepúlveda: lquinone@med.uchile.cl / lquinoneuchile@gmail.com
COLOMBIA
Dr Farith Gonzalez: fgonzalezm1@unicartagena.edu.co
COSTA RICA
Dra María Laura Arias: maria.ariasechandi@ucr.ac.cr
CUBA
Dra Diadelis Remirez: diade.remirez@infomed.sld.cu
ECUADOR
Dr Andrés López Cortés: aalc84@gmail.com
GUATEMALA
Dr Rodrigo José Vargas Rosales: rvargas@biofarn.com / rodrigovargasrosales@gmail.com
MÉXICO
Dr Ismael Lares-Asseff: ismaelares@yahoo.com
NICARAGUA
Dr Enrique Sánchez: esanchez@metropolitano.com.ni
PERÚ
Dr Angel Alvarado Yarasca: eaa.alvarado@hotmail.com
URUGUAY
Dra Patricia Esperón Percovich: pesperon@fq.edu.uy